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LEY DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
 

¿QUÉ ES UN ANIMAL DE COMPAÑÍA?

Aquel que se cría y reproduce con la finalidad de vivir con las personas ya sea con fines lúdicos, sociales o educativos, sin realizar ninguna actividad lucrativa.

Quedan excluídos para la ley los animales de experimentación, y los que se crían para obtener trabajo, carne, piel o algún otro producto útil a las personas.
 

PROHIBICIONES QUE ESTABLECE LA LEY:

  • El sacrificio de los animales con sufrimientos físicos, sin necesidad o causa justificada.
  • Maltratarlos o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir daños o sufrimientos innecesarios o injustificados.
  • Abandonarlos.
  • Mantenerlos en instalaciones indebidas, desde el punto de vista higiénico-sanitario, o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesarios de acuerdo con sus necesidades etológicas, según raza y especie.
  • Practicarles mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios/as en casos necesarios.
  • No suministrarles la alimentación necesaria para su normal desarrollo.
  • Hacer donación de animales como premio, reclamo publicitario o recompensa, de naturaleza distinta a la transacción onerosa de animales.
  • Suministrarles drogas, fármacos o alimentos que contengan sustancias que puedan ocasionarles sufrimiento, graves trastornos que alteren su desarrollo fisiológico natural o la muerte, excepto las controladas por veterinarios/as y justificadas.
  • Venderlos o donarlos para la experimentación.
  • Ejercer su venta ambulante. La cría y comercialización estará amparada por las licencias y permisos correspondientes.
  • Utilizarlos en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato.
  • La tenencia de animales en lugares donde no se pueda ejercer la adecuada atención y vigilancia.
  • La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier especie exótica mantenida como animal de compañía.
  • La asistencia sanitaria por parte de personas no facultadas.

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